Impuesto de Circulación Vehicular en Guatemala 2026: Guía Completa


GPD-Blog-Impuestos

6 Mins de lectura

¿Qué es el impuesto de circulación vehicular?

En Guatemala, miles de propietarios deben cumplir cada año con el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV). Conoce quién debe pagarlo, cómo se calcula, cuál es la fecha límite y cómo realizar el pago en línea. Puedes realizar el trámite de forma rápida desde Banrural Virtual o Banca Virtual de Negocios.


El Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV)

Es una obligación fiscal anual que deben cumplir los propietarios de vehículos terrestres, marítimos y aéreos que se encuentren registrados y circulen dentro del territorio guatemalteco. Este impuesto está regulado por el Decreto Número 70-94 y corresponde al pago anual cuya constancia se refleja mediante una calcomanía electrónica con los datos del vehículo para poder desplazarse. El monto por pagar varía según las características del vehículo, como su tipo, modelo y valor, y debe cancelarse dentro del plazo establecido por las autoridades fiscales para evitar multas, intereses o sanciones.

Los fondos se distribuyen entre:

● Municipalidades para mantenimiento y construcción de calles, puentes y obras locales.
● Fondo Común del Estado.
● Dependencias de tránsito para semáforos, señalización y control vial.
● Dirección General de Aeronáutica Civil.
● Marina Nacional para seguridad y navegación marítima.


¿Quién debe pagarlo?

Debe ser pagado de forma obligatoria por todos los propietarios de vehículos particulares, comerciales, motocicletas, lanchas o aeronaves inscritos ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT). La obligación aplica por la simple tenencia del vehículo, incluso si este no se encuentra en circulación activa. La ley clasifica los vehículos en tres grandes categorías:

Terrestre:
● Automóviles
● Motocicletas
● Buses
● Camiones
● Remolques
● Maquinaria agrícola e industrial, entre otros.

Marítimos:
● Lanchas
● Veleros
● Motos acuáticas
● Barcos pesqueros, etc.

Aéreos:
● Avionetas
● Aviones
● Helicópteros y otras aeronaves.


¿Cómo se calcula el impuesto para vehículos particulares?

Para los vehículos particulares, el impuesto se calcula como un porcentaje del valor imponible del vehículo. Mientras más antiguo es el vehículo, menor es el porcentaje aplicable.

Tabla de montos 2026 por tipo de vehículo

Los vehículos particulares y motocicletas calculan su impuesto aplicando un porcentaje sobre el valor del vehículo determinado en la Tabla de Valores Imponibles de la SAT. Dicha tasa oscila entre el 2% para modelos del año reciente y el 0.2% para los más antiguos.

La SAT publica cada año la Tabla de Valores que sirve como base para calcular el impuesto correspondiente.

 

Tarifas mínimas del impuesto de circulación por tipo de vehículo

Vehículos particulares: tarifa mínima de Q220.
Motocicletas, motonetas y velocípedos con motor: tarifa mínima de Q100.
Camionetas de reparto, ambulancias, carros fúnebres y vehículos de alquiler: tarifa mínima de Q300.
Buses, microbuses (10 a 30 pasajeros) y semirremolques de un eje: tarifa mínima de Q400.
Camiones, autobuses grandes, tractores, cabezales y transporte de valores: tarifa mínima de Q560.
Vehículos eléctricos o híbridos: cuentan con exenciones especiales y reducciones adicionales basadas en la Ley de Incentivos para Movilidad Eléctrica.

Por ley (Decreto 1-2013), se aplica un 50% de descuento automático sobre el monto determinado de la tabla para los vehículos eléctricos, esto para reducir la huella de carbono y frenar el cambio climático.

¿Cuándo se paga?

El período legal de pago inicia el 1 de enero y la fecha límite definitiva es el 31 de julio de cada año.

⚠️ Importante: Si no realizas el pago antes del 31 de julio, la SAT aplica de forma automática una multa del 100% sobre el valor del impuesto omitido, más una tasa de intereses del 12.65% anual calculada por cada día de retraso.

¿Cómo pagar el impuesto de circulación vehicular?

El Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV) se paga de forma electrónica a través del sistema Declaraguate de la SAT. El propietario debe gestionar el formulario SAT-4091 con el cual se realiza el pago en banca en línea, agencias bancarias o canales autorizados. Después de que el pago sea procesado, el contribuyente puede ingresar nuevamente al sistema para descargar e imprimir la calcomanía electrónica de circulación que acredita que el impuesto ha sido cancelado. Antes de efectuar el trámite, es recomendable estar solvente de multas de tránsito y otras obligaciones relacionadas con el vehículo.

Genera tu formulario SAT-4091 y realiza el pago de forma segura desde Banrural Virtual:

Ir a Banrural Virtual o Ir a Banca Virtual de Negocios


Sigue los siguientes pasos para realizar tu pago

Para gestionar el pago, primero se debe generar el formulario en la plataforma oficial Declaraguate:

1. Ingresar al portal: dirígete al sitio web de Declaraguate.

2. Seleccionar formulario: busca la sección de "Vehículos" y haz clic en SAT-4091 (Vehículos Circulación).

Paso 2: seleccionar el formulario SAT-4091 en Declaraguate

3. Introducir datos: ingresa el código captcha de seguridad, el número de placa y el NIT del propietario del vehículo. La SAT devuelve el monto a pagar en impuesto de circulación.

PDG_Imp_Paso 2

4. Validar y congelar: verifica que los datos y el monto asignado sean correctos. Haz clic en "Validar" y posteriormente en el botón "Congelar".

PDG_Imp_Paso 4

5. Obtener boleta: al congelar, el sistema generará la boleta SAT-2000, la cual incluye el número de formulario y número de acceso necesarios para efectuar el pago en los bancos del sistema.

PDG_Imp_Paso 5

6. Iniciar sesión: accede a tu cuenta desde el portal web de Banrural.

7. Buscar la opción: dirígete al menú de Pagos, selecciona la categoría Impuestos / SAT y elige la opción Pago de Boleta SAT-2000.

PDG_Imp_Paso 8

8. Ingresar la información: escribe el Número de Formulario y el Número de Acceso que aparecen en tu boleta SAT-2000.

PDG_Imp_Paso 9

9. Confirmar: verifica que el monto reflejado coincida con el cálculo de la SAT, selecciona la cuenta de débito y autoriza la transacción. El banco te proveerá una constancia electrónica de pago.

PDG_Imp_Paso 10

10. Comprobante de pago: puedes imprimir o descargar tu boleta de pago.

PDG_Imp_Paso 12


Preguntas Frecuentes:

1. ¿Cómo obtengo mi calcomanía después de pagar?
Debes ingresar al Portal SAT, buscar la opción de "Impresión de Calcomanía", ingresar la placa y NIT, y descargar el PDF. Es obligatorio portarla al conducir; ahora se puede llevar en formato digital.

2. ¿Qué requisitos previos debo cumplir para que me permita pagar?
Para generar el formulario no debes tener multas de tránsito pendientes en ninguna de las municipalidades integradas al sistema, debes contar con tu Boleto de Ornato vigente y tener tus datos de contribuyente actualizados ante la SAT.

3. ¿Qué pasa si mi carro está inactivo o guardado?
La ley guatemalteca dictamina que el impuesto grava la propiedad. Si el vehículo no se va a usar definitivamente, debes solicitar ante la SAT un proceso de Inactivación de Vehículo para detener la acumulación de impuestos y multas de años posteriores.

4. ¿Cómo consultar cuánto debo pagar de impuesto de circulación?
Puedes consultar el monto correspondiente desde Declaraguate utilizando tu número de placa y NIT.

Referencias: https://portal.sat.gob.gt/portal/preguntas-frecuentes/temas-de-vehiculos/

Te puede interesar también